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[RP] El despacho ducal de Caspe

Longestic


Longestic entró en su nuevo despacho, era el despacho Ducal, por allí habían pasado dos personas más, el actual General de los Dragones de Caspe y la señora de los cuervos.

Había polvo en los muebles que allí estaban, había pasado bastante tiempo desde que el último Duque abandonase aquel despacho, en este caso era Duquesa. Pero allí estaba todo, tal cuál como siempre. El nuevo Duque hizo llamar con un gesto a un soldado que estaba en la puerta - ¡Soldado! Ve a llamar a Dulce para que acomode la sala lo antes posible. - El soldado salió con paso aligerado para ir a llamarla.
...espero que tengo todo esto listo para mañana... se quedó pensativo el señor de negro mientras contemplaba las vistas desde aquel enorme ventanal.

Al rato salió de aquellas estancias para ir a pasear por las calles de la villa.

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Longestic


Aquella mañana amaneció temprano y se sentó en su despacho, el cuál iba a ser de las últimas veces que iba a ir allí en cuanto terminase las obras de su nueva residencia en el señorio de Chiprana.

Se quedó mirando al frente sentado en su sillón y con la mirada perdida, al rato se acordó que tenía que redactar un par de documenos y se dispuso a ello y después a colgarlo en el tablón de anuncios de su despacho para que el resto de ciudadanos estuviese al corriente.

Citation:


    Nos, Longestic de Linares y Salcedo, en calidad de Duque de Caspe, hago saber por medio de la presente, la composición de los miembros del Consejo Ducal, los cuales me asesoran y aconsejan a parte de cumplir con sus funciones según dicta nuestro Fuero de Caspe.

      - Noega da Lúa y Calanda
      - Kossler de Castelldú y Robledo
      - Enrique Lozano de Olivar (Eloli1)
      - Veldaia Larrosa Peralta
      - Benedicto Chacón de la Torre (Benedicto_chacon)
      - Carmelo Montenegro Bensabat (Carmelo_montenegro)
      - Siresku Chacón de Entenza
      - Valjala de la Vega y Limeric


    Firmado y sellado en Caspe a décimo séptimo día del sexto mes del año mil cuatrocientos sesenta y uno de Nuestro Señor.



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Longestic


Citation:


    A todos los caspolinos,

    Me dirijo a todos vosotros debido a que me han llegado noticias del descontento de ciertos sectores. Quereís, por lo visto, una ciudad más activa, con más participación del pueblo, con más voz y con más decisión.

    Es por ello, que me ha llevado a reflexionar dicha situación y poner una solución a la misma. La siguiente medida es la conclusión más viable que se ha encontrado.

    Como bien solicitáis, vamos a darle protagonismo al pueblo. Y para ello, todos los ciudadanos de Caspe, a partir de ahora, serán los que elaboren las leyes y/o estatutos que sean necesarios y que no sean catalogados como de urgencia máxima. Una vez finiquitadas por la asamblea popular, el señor Canciller informará de su finalización. Las mismas, serán elevadas al Consejo Ducal para su aprobación. Si no se vieran aptas volverían directamente a Asamblea, con una exposición de motivos. Dicho esto, tanto el consejo Ducal como su Duque quedarán exentos de cualquier participación en la creación de las nuevas leyes y/o estatutos, dada la problemática intrínseca que se ha demostrado en estas últimas actuaciones, salvo como se ha dicho en los casos de máxima urgencia, que queden planteados.

    Para disipar por completo cualquier mal entendido y a efectos de evitar supuestos sobre la existencia de ánimos para acaparar espacios o intentos de forma sesgada de introducir leyes o estatutos se decide dar un paso al costado como forma de abrir caminos de participación ciudadana. Esto permitirá que cualquier ciudadano que lo desee pueda trabajar sin impedimento alguno en la redacción, discusión y propuesta de la legislación que entienda pertinente.

    Para el buen funcionamiento de este nuevo sistema, se planteará un listado de tareas a la Asamblea popular, por parte del Consejo Ducal. De no existir actividad mínima en la Asamblea legisladora del pueblo de Caspe, se replanteará este sistema pudiendo darse por finalizado de la misma forma que ha sido instaurado.

    En virtud de ello y a efectos de dotarle de herramientas para seguir un orden natural se dispone en primer lugar redactar los estatutos que regulen esta nueva Asamblea.

    Dicha medida queda aprobada a partir de la publicación de este comunicado.


    Firmado y sellado en Caspe, a 18 de Junio de 1461.



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Juli


Citation:











A nuestro honorable Duque y al Consejo Ducal,



Lo primero, dar la enhorabuena por esta serie de pasos que se están dando, que considero sumamente acertados. Como la publicación de los consejeros ducales o esta misma asamblea, aunque me gustaría pedir que también se hicieran públicas las atribuciones de cada uno de los consejeros.

Nuevamente aplaudo esta iniciativa, que veo viable y muy positiva en todos los aspectos para la ciudad ya que aumentará la participación y la actividad, con todos los beneficios que eso conlleva. Pero debo aclarar ciertos puntos.

El primero, aclarar que mientras yo sea canciller en el Ducado, no aceptaré ni una sola atribución mas, por ínfima que sea, debido a la sobrecarga de trabajo que sufre ya mi persona, llevando la Alcaldía de la ciudad y la jefatura del puerto y habiendo tenido que asumir mas atribuciones durante la legislatura de las que debieran ser, sin contar con la mínima ayuda de la mitad de los consejeros ducales. Gracias al Altísimo los caspolinos de a pie se han mostrado muy generosos y participativos. Por lo tanto sugiero que se cree un nuevo cargo que se encargue de informar de la finalización de las leyes y por ejemplo la mediación en la asamblea. Lo que no quiere decir que personalmente yo no vaya a participar en la Asamblea como un ciudadano mas.

Lo segundo, no me parece correcto que se exima al Duque y a los consejeros Ducales de participar, de hecho lo que se criticó durante el debate y votación del fuero, fue la ausencia de participación de la mayoría de miembros del consejo. Además, siendo un órgano cuya competencia entre otras es la sanción y promulgación de leyes y por lo tanto teniendo estos miembros una alta experiencia en este campo, sería muy enriquecedora su participación, además de ser de una gran ayuda.


Dicho esto, dar de nuevo la enhorabuena por ambas iniciativas.


Un cordial saludo,








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Felcroman


-Ya es hora -se dijo Felcroman, mientras guiaba sus pasos hasta el Despacho Ducal- aunque no hay prisa.

Los guardias de la puerta reconocieron al Calvo (eran veteranos de guerra; seguramente más de uno de ellos le había partido la crisma en batalla) de viejos días, por lo que le cerraron el paso. Debió aclarar que venía en misión diplomática en representación del Condado Libre de Urgel, que no tenía interés en recordar viejos entuertos y que serían bien recompensados si lo acompañaban en presencia del Duque o quien estuviese a cargo. Extendió un extenso pergamino lleno de sellos y letras menudas, que hizo bien en menear delante de sus rostros para evitar que pudieran leerlo. Finalmente, le abrieron la puerta al comprobar que estaba desarmado.

-Debimos defender la Ciudad con burócratas, no con soldados... -reflexionó para sí el Conde de Urgel mientras cruzaba el umbral.

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"... Oíd el ruido de rotas caretas"
Longestic


Estaba allí de pies, paseando por el habitáculo mientras pensaba y reflexionaba sobre asuntos que le rondaban por la mente, había casi un silencio absoluto pero de pronto tocaron la puerta ¡...TOC, TOC...! - Por todos los Dioses... ni un minuto para reflexionar me dejan... - Pensó al escuchar la puerta.

- ¡ADELANTE! - Grito el Duque en aquella sala para ser escuchado. Abrió la puerta el guardia - ¡Mi Señor! Tengo a las puertas al caballero Felcroman que pregunta si le podeís atender en estos momentos.

- ¿El caballero Felcroman no es el Conde de Urgel? - Le preguntó al soldado con cara de asombración.

- El mismo Mi Señor, es el Conde de Urgel, dice que viene en representación del Condado Libre de Urgel. - El soldado se quedó firme esperando una respuesta.

- Hacedle pasar entonces, gustosamente le recibiré. - Dijo mientras se dirigía a su asiento para recibir al Conde de Urgel.

A los dos minutos por aquella puerta entro el caballero Felcroman, al cual no conocía.

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Felcroman


Felcroman entra a una habitación como las que gusta frecuentar: Limpia, ventilada y sencilla. Un escudo con las armas de Caspe tras el Scriptorium, la Soberana Declaración del Libre Albedrío en pergamino iluminado y un tapiz que representaba la Defensa de Caspe ante las huestes de Aragón eran toda la decoración de los muros, amén de los sillones y la jarra con jofaina sobre la mesita esquinera. El mayor lujo era una espléndida vista del ventanal, que dominaba la Ciudad y el Puerto.

El Calvo había elegido hacer su presentación en solitario, sin acompañamiento y evitando el protocolo, pues su presencia se debía a la necesidad de concertar un Tratado. Representaba a la Ciudad, y en eso hallaba todo lo que necesitaba para alimentar su orgullo.

-Buenos días, Su Excelencia. Soy Felcroman, de Urgel, y vengo a proponeros a Vos y Vuestra Ciudad un Tratado que es de mutuo interés.

Sin esperar respuesta, depositó sobre la mesa unas frutas selectas del vergel.

-Os ofrezco estas simples frutas en símbolo del beneficio que espero obtengáis negociando con Urgel. Probadlas sin temor; las hallaréis sabrosas.

De pie, en medio de la habitación, Felcroman estudiaba las reacciones de Longestic.

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"... Oíd el ruido de rotas caretas"
Longestic


El de Linares observaba como entraba caminando en el despacho por aquel portón, el Conde miraba la decoración del lugar. Nada más entrar por la puerta el Duque de Caspe se levantó de su cómodo sillón para recibir al invitado.

- ¡Adelante, Su Ilustrísima! Es un verdadero placer teneros por estos lares, acercaos y tomad asiento por favor. - Le dijo saludandolo cortésmente.

- Buenos días, Su Excelencia. Soy Felcroman, de Urgel, y vengo a proponeros a Vos y Vuestra Ciudad un Tratado que es de mutuo interés. - Y seguidamente puso unas frutas encima de la mesa - Os ofrezco estas simples frutas en símbolo del beneficio que espero obtengáis negociando con Urgel. Probadlas sin temor; las hallaréis sabrosas.

Una vez sentados se pusieron a tratar los diversos temas que el señor Felcroman quería proponer.

- Estoy de acuerdo en adoptar un acuerdo para el bien común de nuestras ciudades. - Tomó una breve pausa y prosiguió. - Y bien, Su Ilustrísima, ¿que tratado venís a proponerme para el mútuo interés de nuestros pueblos?

Se quedó a la espera de la respuesta por parte del urgelino.

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Felcroman


Cuando se trata de negocios, Felcroman va directo al asunto. Extrajo de un bolsillo un rollo que traía sellos y lacres varios y lo extendió sobre el escritorio. Algunos nombres de ciudades en el texto parecían retocados, pero en general el texto aparentaba seriedad.

Felcroman a écrit:
Tratado Comercial entre Caspe y Urgel.

Por el siguiente Tratado, y con la bendición de la Santa Iglesia, los Gobiernos de Caspe y de Urgel se comprometen a


Crear la figura legal de Mercader, el cual estará sujeto a consideraciones especiales en las actividades mercantiles.

Dar paso libre a los Mercaderes reconocidos por ambos Gobiernos.

Velar por la seguridad de los Mercaderes.

Promover el Comercio entre Caspe y Urgel a través de los mercaderes reconocidos de ambos territorios.


Por el presente Tratado entiéndese que el Mercader es aquel ciudadano reconocido oficialmente por ambos Gobiernos que se dedica a mercadear aquellos productos que más convenga a cada Ciudad comprar o vender. Habrá una lista de Mercaderes disponible y actualizable. Habrá una lista de productos disponible y actualizable para comprar y vender por cada mercado. Los artículos de lujo serán de compra y venta libre.

El Mercader podrá obtener libre paso, invocando su condición de Mercader reconocido, a excepción de los casos en que los acompañen causas penales, o integrantes de su grupo que estén en esa situación. En caso de no portar antecedentes penales, los acompañantes del Mercader podrán incluso participar de los negocios del líder de la caravana.

Los Gobiernos darán paso e informarán del estado de los caminos si se lo requiriese. Invitarán a las Órdenes de Caballería a brindar seguridad a los Mercaderes.

Promoveráse la actividad mercantil e invitaráse a los vecinos ociosos a trasladar sus mercancías estancadas a mercados más favorecidos. Crearasen Caravasares en las Naves de las ciudades para que los mercaderes puedan exponer sus mercancías en público.

Con la aprobación del Consejo de Señores de Urgel.

Conde de Urgel,
Señor de los Valles del Valira,
a los XVII días del mes de Junio del MCDLXI.


-¿Qué os parece? Se trata de ayudar a quienes más útiles pueden sernos en nuestra novedosa situación política. Creando la figura del Mercader aliviaremos las arcas públicas y lograremos abastecernos mejor que cuando dependemos de funcionarios y camarlengos... pero os dejo meditar los beneficios, tanto los dichos como los aún no dichos.
A veces no conviene mostrar toda la mercadería, pues eso incita la curiosidad del comprador. En las relaciones entre estados parecía funcionar igual. Felcroman esperaba que el Duque hallara beneficios propios de la situación de Caspe y su puerto, ventajas que podrían validar el Tratado a sus ojos. Como buen campesino que había sido, tras la siempra de la idea esperaba tranquilamente la maduración del resultado.

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"... Oíd el ruido de rotas caretas"



Longestic


El de Linares cogió el pergamino que depositó el Señor Felcroman y se dispuso a leerlo con cara seria ya que se trataba de asuntos importantes tanto para el Ducado de Caspe como para la villa de Urgel.

El Duque de Caspe terminó de leer aquella carta, levantó la cabeza mirando al Conde de Urgel y añadió un par de tesituras.

- Me parece muy interesante lo redactado pero añadiría dos puntos a este tratado. - Tomó una pausa y continuó. - Pues bien, yo añadiría lo siguiente, que en cantidades importantes de género se avisará al alcalde de la ciudad con una carta para avisar de la llegada de mercaderes y el listado de productos, así se evitaría un posible colapso del mercado. Y la otra sería que en caso de que alguno de los mercaderes se viese implicado en algún asalto o mala acción hacia la ciudad en la que se encuentra se le juzgará y se le impondrá la sanción necesaria de acuerdo las dos ciudades. ¿Qué le parece?


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Felcroman


-Muy buena observación. Las grandes ventas deben ser previstas, tanto si realizaran negocios privados como si los mercaderes representasen a la Ciudad. Su condición de Mercader los obligará a respetar normas especiales... habrá que reglamentar cantidades máximas, supongo; dejaremos eso en manos de alguna Comisión.

Felcroman toma una fruta de la mesa y paladea la siguiente respuesta.

-Mencionamos antecedentes penales como condición invalidante para mercadear, pero también deberíamos incluír los delitos posteriores al nombramiento como mercaderes oficiales. Deben excluírse como invalidantes, en cambio, los antecedentes militares: en tiempos de guerra se sirve con el arma y eso es lo correcto, mas cuando la guerra termina los rivales dejan de ser rivales y guardan el arma. Eso sí: en caso de guerra deben caducar los permisos y garantías.

El Calvo vuelve a morder la fruta y continúa diciendo:

-No es que esté pensando en guerras ahora; lejos de mí está esa idea... Sólo considero el hecho de que este Tratado puede incluír a otros Gobiernos que tal vez no amen la Paz tanto como nosotros.

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"... Oíd el ruido de rotas caretas"
Longestic


- No quisiera pensar que vos quereís entrar en una guerra. Es normal y lógico que en caso de guerra deberían de caducar los permisos, todos sabemos las astucias de las guerras.

Tomó una pausa para coger también una pieza de fruta y darle un mordisco.

- ¡Sí señor! Buena fruta, tiene un buen sabor, y perdonadme pero se me ha olvidado por completo serviros algo de beber, ¿qué quereís tomar? Debeís estar sedientos. - Mientras esperaba una respuesta prosiguió hablando.

- Veo que estamos de acuerdo en que los puntos que planteé anteriormente son de vuestro agrado y si estaís de acuerdo pues se puede proceder a añadir al documento dichos puntos. En cuanto a reglamentar las cantidades puede que no lo vea necesario ya que el mercader, ya sea de uso particular o bien representando a la ciudad, tiene que enviar al Canciller la información detalla de lo que desea vender y el propio Alcalde le va a decir una cantidad, nose si me he explicado con claridad.

El señor de negro se quedó a la espera de las palabras del Conde de Urgel mientras seguía comiendo aquella preciada fruta.

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Felcroman


Felcroman tomó unos apuntes en una libreta muy usada, en donde anotaba todos sus apuntes para consultar más tarde. Tachó un par de cosas y agregó unas notas al margen, de tal modo que luego les costaría entender qué había puesto tanto a los curiosos como a él mismo.

-Si preferís brindar con vino, para cerrar aquí el Tratado, os estaré doblemente agradecido. Creo que ya podemos dar forma definitiva al texto, el cual deberá ser aprobado por los Consejos respectivos.


Tras beber un trago, tomó una hoja limpia y redactó el texto como mejor convenía a los intereses de ambos Gobiernos.

Felcroman a écrit:

Tratado Comercial entre Caspe y Urgel.

Por el siguiente Tratado, y con la bendición de la Santa Iglesia, los Gobiernos de Caspe y de Urgel se comprometen a


Crear la figura legal de Mercader, el cual estará sujeto a consideraciones especiales en las actividades mercantiles.

Dar paso libre a los Mercaderes reconocidos por ambos Gobiernos.

Velar por la seguridad de los Mercaderes.

Promover el Comercio entre Caspe y Urgel a través de los mercaderes reconocidos de ambos territorios.


Por el presente Tratado entiéndese que el Mercader es aquel ciudadano reconocido oficialmente por ambos Gobiernos que se dedica a mercadear aquellos productos que más convenga a cada Ciudad comprar o vender. Habrá una lista de Mercaderes disponible y actualizable. Habrá una lista de productos disponible y actualizable para comprar y vender por cada mercado. Los artículos de lujo serán de compra y venta libre.

El Mercader podrá obtener libre paso, invocando su condición de Mercader reconocido, a excepción de los casos en que los acompañen causas penales, o integrantes de su grupo que estén en esa situación. En caso de no portar antecedentes penales, los acompañantes del Mercader podrán incluso participar de los negocios del líder de la caravana. En caso de cometer un delito el mercader perderá sus credenciales y será tratado como un delincuente común.

Los Gobiernos darán paso e informarán del estado de los caminos si se lo requiriese. Invitarán a las Órdenes de Caballería a brindar seguridad a los Mercaderes. En caso de guerra suspenderáse toda garantía y deberes a los Mercaderes, conservando sus derechos del común.

Promoveráse la actividad mercantil e invitaráse a los vecinos ociosos a trasladar sus mercancías estancadas a mercados más favorecidos. Crearasen Caravasares en las Naves de las ciudades para que los mercaderes puedan exponer sus mercancías en público. Ambos Gobiernos facilitarán el contacto entre los Mercaderes y sus Representantes, siguiendo las formas propias de cada Ciudad.



-Si estáis de acuerdo, podemos dar por hecho el Tratado. Corregid lo que veáis necesario corregir y agregad vuestros sellos.

Ahora sí, Felcroman bebió de su copa hasta el final.

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"... Oíd el ruido de rotas caretas"




Longestic


El de Linares cogió la reforma del documento y se dispuso a leerla mientras escuchaba las palabras del Conde de Urgel.

Longestic cogió la copa de vino y brindó con Felcroman, - Con vuestro permiso, voy a corregir y cambiar un par de apreciaciones del documento. - Dejó la copa de vino encima la mesa, cogió un nuevo pergamino y su pluma y comenzó a escribir.

Se tomó un pequeño tiempo en cambiar la imagen del documento para que fuese mas visible y más fácil de entender y una vez finalizado lo puso en la mesa y se lo mostró para ver la opinión de Felcroman. - Aquí os muestro unos pequeños matices de presentación del tratado, espero que esté de vuestro gusto.

Citation:



      Tratado Comercial entre el Ducado de Caspe y el Condado de Urgel.



    Título I. De las Generalidades del Tratado.

    Artículo I. Por el siguiente Tratado, y con la bendición de la Santa Iglesia, los Gobiernos de Caspe y de Urgel se comprometen a:

      - Crear la figura legal de Mercader, el cual estará sujeto a consideraciones especiales en las actividades mercantiles.
      - Dar paso libre a los Mercaderes reconocidos por ambos Gobiernos.
      - Velar por la seguridad de los Mercaderes.
      - Promover el Comercio entre Caspe y Urgel a través de los mercaderes reconocidos de ambos territorios.


    Artículo II. Por el presente Tratado entiéndese que el Mercader es aquel ciudadano reconocido oficialmente por ambos Gobiernos que se dedica a mercadear aquellos productos que más convenga a cada Ciudad comprar o vender. Habrá una lista de Mercaderes disponible y actualizable. Existirá, asimismo, una lista de productos disponibles y actualizable para comprar y vender por cada mercado. Los artículos de lujo serán de compra y venta libre.


    Título II. De las Particularidades del Tratado.

    Artículo III. El Mercader podrá obtener libre paso, invocando su condición de Mercader reconocido, a excepción de los casos en que los acompañen causas penales, o integrantes de su grupo que estén en esa situación y también en caso de la existencia o implantación de Estados de Excepción que impidan a una de las partes garantizar la seguridad de los mercaderes de la otra. En caso de no portar antecedentes penales, los acompañantes del Mercader podrán incluso participar de los negocios del líder de la caravana.

    Artículo IV. Los Gobiernos del Ducado de Caspe y el Condado de Urgel darán paso e informarán del estado de los caminos si se lo requiriese, en virtud de las condiciones establecidas en el artículo anterior. Invitarán a las Órdenes de Caballería a brindar seguridad a los Mercaderes si fuera requerido.

    Artículo V. Promoveráse la actividad mercantil e invitaráse a los vecinos ociosos a trasladar sus mercancías estancadas a mercados más favorecidos. Se crearán Caravasares en las Naves de las ciudades para que los mercaderes puedan exponer sus mercancías en público.


    Título III. De las Cláusulas de Rescisión, Modificación y Ámbito de Actuación del Tratado.

    Artículo VI. Al tratarse éste de un acuerdo que no incluye específicamente un tráfico determinado y/o condiciones estipuladas del volúmen de tráfico de mercaderías; sino que varia en función de la necesidad de cada momento, se considera que no existen cláusulas de rescisión del acuerdo por incumplimiento de las partes. En tal caso se dispone que el acuerdo podrá ser rescindido, unilateralmente, y en cualquier momento, por una de las dos partes implicadas.

    Artículo VII. El Tratado podrá ser modificado en cualquier momento, previo acuerdo de las dos partes.

    Artículo VIII. El presente Tratado tendrá validez desde el momento de su aprobación por ambas partes. Su ámbito de actuación se expandirá por los territorios atañentes al Ducado de Caspe y el Condado de Urgel hasta su revocación, si la hubiese.


    Con la aprobación del Consejo de Señores de Urgel.


    Conde de Urgel,
    Señor de los Valles del Valira,
    a los XVII días del mes de Junio del MCDLXI.


    Aprobado por el Consejo Ducal al cuarto día del séptimo mes del año mil cuatrociento sesenta y uno de Nuestro Señor.





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Felcroman


"Sí, así queda más bonito" piensa el Calvo mientras lee. Asiente a cada modificación con un cabeceo leve y sonríe satisfecho.

-Es lo que esperaba, en todos los puntos y apéndices. Como en nada contradice a lo aceptado por el Consejo de Señores, lo doy por aprobado en nombre de Urgel.

Felcroman vuelve a hojear el Tratado, feliz. Finalmente, devuelve el manuscrito al Duque.

-Si sabéis de un buen copista, os pido encarguéis copias para llevar.

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"... Oíd el ruido de rotas caretas"
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